DECISIÓN 98/433/CE de 26-6-1998. Concesión de exenciones. Riesgos inherentes a accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas
martes, 05 de diciembre de 2006
DECISIÓN 98/433/CE de 26-6-1998. Concesión de exenciones. Riesgos inherentes a accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
A efectos de la letra a) del apartado 6 del artículo 9 de la Directiva 96/82/CE relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, la Comisión adopta por la presente los criterios armonizados que figuran en el anexo de la presente Decisión. Para la concesión de una exención debe cumplirse alguno de los siguientes criterios: 1. Forma física de la sustancia [ Sustancias sólidas que no puedan liberar ni materia ni energía. 2. Contención y cantidades [ Sustancias empaquetadas de tal forma que su liberación máxima posible no pueda suponer un riesgo de accidente grave. 3. Ubicación y cantidades [ Sustancias que no pueden suponer un riesgo de accidente grave por sí mismas, ni originar un accidente grave en el que intervengan otras sustancias peligrosas. 4. Clasificación [ Sustancias definidas como peligrosas pero que no pueden suponer un riesgo de accidente grave
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